Las Aportaciones Voluntarias son depósitos adicionales que realizas en tu Cuenta Individual, son independientes a tus cuotas obrero-patronales y forman parte de la subcuenta de Ahorro Voluntario.
¿Para qué sirven?
Aportaciones Voluntarias de corto plazo:
Tus recursos se invierten en la Siefores adicionales y se consideran de corto plazo, puedes disponer después de dos meses del primer depósito o del último retiro.
Sirven para lograr tus objetivos financieros de corto (1 año) y mediano plazo (2-3 años).
En Afore SURA te damos la posibilidad de ahorrar en nuestras Siefores Adicionales AV1, AV2 y AV3 mientras que para tus metas de largo plazo (más de 3 años) en las Siefores Básicas que corresponda de acuerdo a tu grupo de edad o la que tú decidas.
¿Qué tipos de Aportaciones Voluntarias hay?

¿Qué ventajas tengo al realizar Aportaciones Voluntarias?
1. Si permanecen en tu Cuenta Individual hasta el final de tu vida laboral, puedes incrementar el monto de tu pensión (Aplica para Régimen 97).
2. Libertad de inversión: tú decides el plazo y monto que deseas invertir.No debes mantener saldos mínimos.
3. Beneficios Fiscales: tus Aportaciones Voluntarias son deducibles de impuestos 4, te recomendamos hacerlo cuando planees dejar tus recursos a largo plazo.
4. Diversificación: al ahorrar en distintas Siefores se incrementan las oportunidades de alcanzar tus objetivos financieros en el tiempo adecuado.
5. Seguridad: tu dinero cuenta con la experiencia de Afore SURA en la administración de Fondos de Ahorro para el Retiro y es vigilado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
6. Liquidez: una vez cumplido el plazo de permanencia, certificada tu cuenta CLABE y tramitada tu Clave de Identificación de Cliente (CIC) en cualquiera de nuestros más de 60 Módulos de Servicio, puedes disponer de tus recursos, llamando al 01 4433 10 81 92 LADA sin costo.
Continúa creciendo tu ahorro para el retiro con Afore SURA.
1. De acuerdo al oficio D00/100/076/2020 con fecha del 11 de Diciembre de 2020, se autoriza comisión del 0.83% anual sobre el saldo administrado aplicable a partir del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2021. Para las Siefores Adicionales SAV1, SAV2 y SAV3 aplica otra comisión. La comisión se cobra al cliente y se ajusta por normatividad cada año.
2. Las Aportaciones Complementarias de Retiro las puedes retirar a partir de los 65 años cumplidos o tener una pensión por incapacidad o invalidez igual o mayor al 50% así como en caso de muerte, tus beneficiarios lo podrán retirar.
3. Tiempo de disposición por normativa.
4. SIEFORES Adicionales SURA AV1, AV2, AV3 y SIEFORES Básicas son Sociedades de Inversión con Beneficios Fiscales, por lo que las aportaciones se pueden hacer deducibles en tu declaración anual, de acuerdo a los límites establecidos, y siempre que se retiren después de cumplir los 65 años de edad se realizará la retención del 1.04% sobre el capital que generó los intereses. De acuerdo a la legislación fiscal aplicable, si decides retirar las aportaciones que has hecho deducibles antes de cumplir los 65 años de edad, se realizará una retención del 20% sobre el total del monto retirado y del 1.04% sobre el capital que generó los intereses. O bien, si decides retirar las aportaciones que no has hecho deducibles, únicamente se realizará una retención del 1.04% sobre el capital que generó los intereses. Cabe señalar que dichas aportaciones tienen un monto total de deducción de hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a 5 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA) elevadas al año ($154,194.25). Fundamento Legal: Art. 151 Fracción V de LISR y Art. 21 de la LIF.
5. Para Retiros parciales 5 días y en caso de retiros totales 6 días.