6. Registra a tus beneficiarios
Tus beneficiarios legales podrán solicitar una pensión y el dinero en tu Cuenta Individual en caso de que faltes.
Solo en caso de no tenerlos, podrás registrar beneficiarios sustitutos quienes, aunque no podrán solicitar una pensión, podrán recuperar el dinero en tu Cuenta Individual.
¿Qué o quiénes son los beneficiarios?
Los beneficiarios son las personas que recibirán una pensión y/o el dinero de tu Cuenta Individual en caso de que fallezcas.
De acuerdo con la Ley del Seguro Social existen 2 tipos de beneficiarios: legales y sustitutos.
Protege a los que más amas, desde hoy.
Beneficiarios legales y sustitutos
De acuerdo con la Ley del Seguro Social existen 2 tipos de beneficiarios: legales y sustitutos.
Beneficiarios legales | |
¿Tienen derecho a pensión? | Si tienen derecho a pensión. |
¿Pueden retirar el dinero en tu Cuenta Individual? | Si. |
¿Quiénes son? | Tu esposo(a), hijos, concubina o concubinario, o padres. Ver detalles |
¿Dónde registrarlos? | En tu clínica IMSS. |
Beneficiarios sustitutos | |
¿Tienen derecho a pensión? | NO tienen derecho a pensión. |
¿Pueden retirar el dinero en tu Cuenta Individual? | Solo el saldo en tus Aportaciones Voluntarias. |
¿Quiénes son? | Cualquier persona de tu confianza, siempre y cuando no existan beneficiarios legales. |
¿Dónde registrarlos? | En SURA. Agenda una cita: llámanos al 44 3298 2250 o en línea. |
Para evitar disputas, el IMSS otorga la pensión a los beneficiarios siguiendo este orden:
-
1º Viuda o viudo
Las mujeres siempre obtendrán pensión.
En caso de ser hombre, deberá demostrar que depende económicamente de ti.
-
2º Hijos
Todos aquellos que cumplan alguna de las siguientes reglas:
- deben ser menores de 16 años,
- o tener hasta 25 años si están estudiando en un plantel del sistema educativo nacional y no están casados, o
- si presenta alguna discapacidad, no importa la edad que tenga.
-
3º Concubina o concubinario (unión libre)
Deberá demostrar que dependía económicamente de ti y que han vivido juntos los últimos 5 años. O en su defecto, demostrar que tuvieron hijos juntos.
-
4º Padres
Solo en caso de que no exista ninguno de los anteriores y si dependen económicamente de ti.
Es indispensable que estén dados de alta ante el IMSS.
¡Pon atención!
Es importante que registres a tus beneficiarios legales para que el estimado de tu pensión sea más cercano a lo real.
Recuerda que solo los beneficiarios legales tienen derecho a solicitar una pensión.
Si no existen beneficiarios legales, los beneficiarios sustitutos deberán acudir a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, ahí se decidirá quién podrá retirar el dinero en tu Cuenta Individual.
¿Qué necesitas para registrarlos?
Si eres cliente de Afore SURA, llámanos al 44 3298 2250 para verificar si ya registraste a tus beneficiarios.
En caso de que necesites hacerlo o necesites modificarlos, pide una cita.
Documentos requeridos para registrar a tus beneficiarios
Beneficiarios legales: esposa(o), hijos, concubina o concubinario y padres.
Regístralos en el IMSS.
- Identificación oficial vigente.
- Número de Seguridad Social.
- CURP.
- Fotografía Infantil.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- Acta de matrimonio.
- Identificación oficial vigente.
- Número de Seguridad Social.
- CURP.
- Fotografía Infantil.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- Acta de nacimiento o de adopción o de reconocimiento.
- Identificación oficial vigente.
- Número de Seguridad Social.
- CURP.
- Fotografía Infantil.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- Acta de nacimiento de los hijos en común (en caso de existir).
- Identificación oficial vigente.
- Número de Seguridad Social.
- CURP.
- Fotografía Infantil.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- Tu acta de nacimiento.
Beneficiarios sustitutos
Regístralos en SURA con su:
- Nombre completo.
- CURP.
Registra a tus beneficiarios legales en el IMSS
Si ya tienes los documentos requeridos para registrar a tus beneficiarios, asiste ventanilla en tu clínica IMSS de lunes a viernes de 8 a 14 hrs.