Soy trabajador IMSS

Si estás afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social, te decimos las 2 formas de afiliación existentes:

Afore trabajador IMSS

Régimen obligatorio: Las personas que tengan una relación de trabajo en forma permanente o eventual, den un servicio remunerado, personal y subordinado a otras personas físicas o morales.

Régimen voluntario: Las personas que no cuentan con una relación laboral con un patrón o una empresa y que desean afiliarse al IMSS para disfrutar de sus beneficios, pueden incorporarse al Régimen Voluntario, mediante el pago de sus aportaciones al IMSS de acuerdo a los convenios establecidos.

Las condicionantes por las cuales puede ser otorgada una pensión se dividen de acuerdo al régimen:

Regímen de Pensión

Régimen o Ley 73

Bajo este Régimen de pensión el IMSS determina la pensión, tomando en consideración el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y tu nivel salarial.

Esto durante la vida laboral y la fecha en que se da de baja del Seguro Social al trabajador.

Régimen o Ley 97

Bajo este Régimen de pensión existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:

  1. Renta Vitalicia. Donde la pensión la paga una Aseguradora
  2. Retiro Programado. Donde la pensión la paga tu Afore, es decir la Afore donde estás registrado
  3. Pensión Garantizada. Donde el Gobierno Federal paga la pensión

Conoce más sobre las subcuentas de tu Afore

Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV)

Es una de las tres subcuentas de tu cuenta Afore. En ella se depositan las cuotas y aportaciones que realiza la empresa en la que laboras, el gobierno federal y las que realizas tú como trabajador, para la pensión. Se recibe cuando dejas de laborar.

SAR 92-97

Periodo de aportaciones acumuladas por los trabajadores del IMSS entre el 1 de marzo de 1992 y el 30 de junio de 1997. Los recursos correspondientes a dicho periodo fueron depositados en el banco que fue elegido en su momento por cada patrón y regulados por las Leyes del IMSS y del INFONAVIT. Estas Aportaciones las realizó el patrón con el que tuviste relación laboral en dicho momento. Los recursos de este periodo se pueden transferir a la cuenta individual siempre y cuando se cuente con el comprobante bancario correspondiente.

Subcuenta de Vivienda 92

Son aportaciones equivalentes al 5% mensual del Salario Base de Cotización que tu patrón realizó entre el 1 de mayo de 1992 y el 30 de junio de 1997, periodo conocido como SAR 92.

Subcuenta de Vivienda 97

Son aportaciones equivalentes al 5% mensual del Salario Base de Cotización que tu patrón ha realizado a partir del 1 de julio de 1997.

Solicita tu Estado de Cuenta a través de nuestros canales de atención:

Contáctanos en el 4433 10 8192 de Lunes a viernes: 08:30 a 17:30.


En los Módulos de Servicio vía personal.

Localiza tu módulo

En la sección de acceso a clientes se podrá consultar tus últimos dos estados de cuenta cuatrimestrales y también activar el envío a tu dirección de correo electrónico.